DISPOSITIVA.
PRIMERO: Se admite el recurso de apelación bajo la modalidad de efecto suspensivo interpuesto por la Fiscal de la Sala de Flagrancia del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, contra la decisión dictada en fecha 07-07-2016, por el Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida y debidamente fundamentada mediante auto de fecha 08-07-2016, en la que entre otros pronunciamientos, declaró sin lugar la aprehensión en flagrancia de los ciudadanos Eulogio Contreras Contreras y Alí Contreras García, no precalificó el tipo penal de Homicidio Intencional Calificado con Alevosía y por Motivos Fútiles en Grado de Coautoría, atribuido por la representación fiscal, decretó la libertad plena de los referidos ciudadanos, y no acordó procedente la aplicación del procedimiento ordinario en la investigación.
SEGUNDO: Se declara con lugar la apelación bajo la modalidad de efecto.....