Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud de Divorcio hecha por los Ciudadanos JOSÉ AMABLE CERRADA ARANGUREN y GLORIA ELENA PEÑA RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números. V- 10.710.935 y V-10.715.142, respectivamente, domiciliado el primero en la calle Ayacucho, casa Nº 96, Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, y la segunda en la comunidad de Aguas Calientes sector Santa Cruz parte alta, casa S/N, del Municipio Campo Elías del Estado bolivariano de Mérida, y consecuencialmente SE DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente ent.....