DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende la responsabilidad criminal y como consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al ciudadano LUÍS STEVE NOGUERA VIELMA, venezolano, natural del estado Bolivariano de Mérida, nacido en fecha 24/04/1980, de 36 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula Nº V- 14.700.988, ocupación u oficio obrero, domiciliado en: Calle Los Ibarra, casa s/n al lado de Fruproanca, Sector el Llano, San Juan de Lagunillas Municipio Sucre del estado Bolivariano Mérida, teléfono 0426-1651368; por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previ.....