DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 en nombre de la República y por autoridad de la Ley de conformidad con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal penal decide: REFORMAR el computo de la sanción contra el adolescente IDENTIDAD OMITIDA; le falta por cumplir la sanción de privación de libertad de faltándole por cumplir el lapso de ONCE (11) MESES, VEINTICINCO (25) DIAS, DE LA SANCION DE PRIVACION DE LIBERTAD IMPUESTA AL ADOLESCENTE finalizando el VEINTIUNO (21) de OCTUBRE del año dos mil seis (2006) a las una de la tarde (01:00 p.m.) según los fundamentos antes expuestos. Segundo: Se acuerda solicitar información a la directora del Inam, secciona Mèrida, con respecto a lo indicado por el adolescente de que fue visitado por dos funcionarios policiales quienes le tomaron fotografías con el celular y lo grabaron en presencia de funcionarios del INAM, no quedando registrado en el libro de visitas, ni en el libro de reportes, dicha presunta visita. Ofíciese......