Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero:De conformidad con el literal “a” del artículo 578 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Público contra los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), y, (IDENTIDAD OMITIDA), por la comisión del delito de Robo de Vehiculo Automotor Agravado, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2, 3, y 10 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de los ciudadanos Carlos Javier Gil Briceño, y Yonathan Diego Briceño Silva, para ambos baj.....