DISPOSITIVA
Con base en las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: ÚNICO: Se declara CON LUGAR la solicitud de exclusión de pantalla ante el SIIPOL efectuada por el abogado Asdrúbal Gil, como defensor de confianza del ciudadano Andrés Romero Chamorro. En consecuencia, se acuerda oficiar al SIIPOL a los fines de que sea excluido dicho ciudadano solo por la presente causa.
La presente decisión se fundamenta en los artículos 21, 26, 49 Constitucional; y artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Mérida, departamento del Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL), a los fines de que el ciudadano Andrés Romero Cham.....