DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con los artículos 8 letra b, c y e, 13, 645 647 letra “e” de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: MODIFICAR la medida de regla de Conducta, impuesta mediante sentencia definitivamente firme y ejecutada, (folio 85 al 88),la cual ha venido cumpliendo y sustituir la libertad asistida por la regla de conducta impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº fecha de nacimiento 14-10-1986, domiciliado en Mérida, la cual deberá cumplir en los términos antes indicados. Advirtiendo, que es la única medida que el adolescente deberá cumplir.
SEGUNDO: Queda vigente el contenido de la decisión de fecha 23 de septiembre de 2004, (folios 85 al 88), en lo.....