Este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: Primero: De conformidad con el contenido del articulo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 48 numeral 8 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara de oficio la prescripción de la acción penal, por consecuencia, la extinción de la acción penal y el sobreseimiento, a favor de los ciudadanos (Reservado), en el presente asunto penal, seguido en su contra por la presunta comisión del delito de Robo Simple, en perjuicio del ciudadano Gustavo Merchán. Segundo: A tal efecto, de conformidad con el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal, se le pone término al presente procedimiento y se hacen cesar las medidas cautelares menos gravosas impuestas por el Tribunal Prim.....