Se declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada MARÍA DORIS MÁRQUEZ ROJAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana IRMA JOSEFINA RONDÓN CHACÓN, contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en fecha 13 de agosto 2009, la cual declaró SIN LUGAR la acción judicial por cumplimiento de contrato de arrendamiento. En consecuencia, se CONFIRMA la referida decisión. Por cuanto la sentencia apelada fue confirmada en todas sus partes, a tenor de lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condeno en las costas del recurso a la parte demandante apelante.