PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Sin lugar el cobro de tasas y emolumentos que fueron establecidos por la Depositaria Judicial Los Andes C.A., a través de su administradora y representante legal la abogado ARELYS DEL PINO, en la forma en que fueron indicados, vale decir, la cantidad de OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL BOLÍVARES (Bs. 864.000,oo) por concepto de emolumentos y la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 1.520.000,oo) por concepto de tasas para un total de DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL BOLÍVARES (Bs. 2.384.000,oo), toda vez, que se produjo la caducidad alegada por el intimado por haberse efectuado el cobro de las tasas y emolu.....