DISPOSITIVA
En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01, de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:___
PRIMERO: SE DECRETO LA DETENCIÓN DEL INVESTIGADO (SE OMITEN DATOS DE IDENTIFICACION ARTICULO 545 LOPNA), plenamente identificado en autos, para asegurar su comparecencia a al Audiencia Preliminar, de conformidad con el artículo 559 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, detención ésta que será cumplida en de la sede del Reten Policial, de esta ciudad de Mérida, por cuanto dicho ciudadano ya cumplió la mayoría de edad (19) años. En consecuencia líbrese la respectiva boleta de Internamiento.___________________________________________________
SEGUNDO: Se ordena la valoración siquiátrica del investigado a los efectos de determinar su estado mental, la cu.....