PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la recusación propuesta contra la abogada YAMILET FERNÁNDEZ CARRILLO, en su carácter de Juez Provisoria del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, interpuesta de conformidad con el artículo 82, ordinal 15° del Código de Procedimiento Civil, mediante escrito presentado en fecha 26 de febrero de 2018, por la abogada XIOMARA PEÑA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, NANCY COROMOTO CASTILLO LARA, en el juicio seguido contra el ciudadano ISIDRO RANGEL GONZÁLEZ, por divorcio ordinario.SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone a la parte recusante, multa por la cantidad de DOS BOLÍVARES (Bs. 2,00), que debe ser pagada en el Tribunal de la causa, dentro del lapso de tres (3) días de despacho siguientes a la expedición de la correspondiente .....