PRIMERO: Se condena al ciudadano ENRIQUE PARRA PEÑA, venezolano, soltero, natural de Mérida, nacido en fecha 16/10/1980, vendedor, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.654.865, a cumplir la pena de CINCO (05) MESES, TRES (03) DÍAS Y DIECIOCHO (18) HORAS DE ARRESTO, esto por aplicación del artículo 77 del Código Penal, concretamente por considerar el Tribunal que hubo abuso de la fuerza por parte del acusado frente a la víctima, aumentándose la pena en una cuarta parte tal y como lo prevé el artículo 78 ejusdem, por el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES con la agravante de haber sido perpetradas en un adolescente, delito previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, en perjuicio de CARLOS DANIEL SUÁREZ MANRIQUE, pero por aplicación del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 74 ordinal 4° del .....