DISPOSITIVA:
Por todas las razones de hecho y de derecho expresadas con anterioridad, y de conformidad con lo establecido en los artículos 20 y 52 del Código Penal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda 1) CON LUGAR la solicitud realizada y en consecuencia acuerda Redimir la Pena impuesta al penado, ciudadano: Carlos Javier Torrealba Hernández, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 10.103.606 , por el trabajo y el estudio realizados durante el tiempo de su reclusión en El Centro Penitenciario de la Región Andina, en CUATRO (04) MESES y VEINTIOCHO (28) DIAS, lo cual implica que a partir de la presente fecha 14-10-2010, al mismo le falta por cumplir físicamente una pena corp.....