Este Tribunal de Primera Instancia en funciones Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión del Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: Primero: Declarar con lugar la admisión de los hechos efectuada por el acusado YOVANYS ANTONIO MIJARES SOTO, en esta audiencia de juicio oral y público, además establece que los delitos cometidos PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previstos y sancionados ambos en el artículo 277 del Código Penal vigente, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. Por lo anteriormente expuesto este Tribunal condena al acusado YOVANYS ANTONIO MIJARES SOTO, antes identificado por la comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previstos y sancionados en el artículo 277 del Código Penal vigente, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. De conformidad con lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Pro.....