Se declaró in limine litis, IMPROCEDENTE la pretensión autónoma de amparo constitucional por la ciudadana YOLIMAR OSORIO NAVA, asistida por el abogado MIGUEL ALÍ MOLINA PEÑA, contra el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a cargo del Juez abogado JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO, que dictó sentencia definitiva el 24 de noviembre de 2014, en el juicio seguido contra la aquí accionante por el ciudadano WILLIAM DAVID CARRASCO CHAUSTRE, por partición y liquidación de bienes comunes.