Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: Primero: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Público contra el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), por la presunta comisión del delito de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Ocultamiento. Segundo:se le impone al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) , la sanción de privación de libertad, prevista y sancionada en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentespor el tiempo de dos (02) años y ocho (08) meses. Así, mismo de manera simultánea, sucesiva y alternativa, de conformi.....