En mérito a las consideraciones que anteceden, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus Leyes, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación intentada por la Abogada en ejercicio CIOY J. ZAMBRANO, en su carácter de apoderada judicial de la Depositaria Judicial Los Andes, C.A., contra la decisión de fecha 19 de Febrero de 2003, dictada por el Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de esta Circunscripción Judicial. Y ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento y por los motivos expuestos en este fallo, SE REVOCA PARCIALMENTE LA SENTENCIA DICTADA, únicamente en lo que respecta a que no existe prueba en los autos, que sobre los bienes exista Medida de Embargo o de Secuestro decretada por ese Tribunal o por algún otro Tribunal, CONFIRMANDOLA PARCIALMENTE, l.....