Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: DECLARA LEGÍTIMA la aprehensión del ciudadano PEDRO MARCIAL ANGULO QUIÑONEZ, por derivar de una orden proveniente de un tribunal con competencia para ello. SEGUNDO: Se IMPONE de la orden de aprehensión al ciudadano PEDRO MARCIAL ANGULO QUIÑONEZ, en la causa seguida por la presunta comisión del delito de OCUPACION ILICITA EN AREAS NATURALES PROTEGIDAS, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, decretada en fecha 20-01-2015. TERCERO: Sustituye la medida de privación judicial preventiva de libertad por la de presentación periódica cada treinta (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, de c.....