Decisión 247/09: No califica como flagrante la aprehensión del ciudadano MORGAN ANTONIO ROJAS BUENO, en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana NINI YOJAMA MARTINEZ GUERRERO, por cuanto la detención se produjo casi dieciocho horas después de haberse cometido el hecho, objeto de la presente investigación. Se acuerda la tramitación de la presente causa, conforme a las reglas del procedimiento especial previsto en la Ley y, en consecuencia remítase la presente causa a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Publico, a los fines que continúe con la investigación.