Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor las ciudadanas adolescente y niña: OMITIR NOMBRES, de dieciséis (16) y once (11) años de edad, en su condición de legitimas hijas como Únicas y Universales Herederas del causante, quien en vida respondiera al nombre JOSE LUIS HERNANDEZ GUILLEN, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.956.487. Con vocación hereditaria y derecho sobre el acervo de bienes de la fallecida