este Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara en el presente proceso la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en consecuencia extinguido el proceso de DAÑOS MATERIALES OCACIONADOS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO, intentada por la ciudadana YANELIS DEL CARMEN MENDEZ VILLALOBO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.399.871, contra los ciudadanos IVAN ANTONIO DE ALMEIDA QUINTERO Y YORFRY LUIS MARQUEZ MORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.911.250 y 25.153.510 respectivamente. Así se decide.
No hay condenatoria en costas conforme lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.