DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR la solicitud efectuada por el Ministerio Público de que se ordenara la aprehensión del acusado, ello a fin de garantizar los derechos y garantías de las partes. SEGUNDO: Se fija audiencia a fin de verificar el cumplimiento de condiciones, para el día VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS (28-11-2023) A LAS NUEVE Y TREINTA HORAS DE LA MAÑANA (09:30 A.M.). Se ordena la citación del acusado.
Decisión que se fundamenta en los artículos 26, 30, 51, 55 Constitucional; y 157, 248, 250 y 327 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión, cítese al acusado de autos para la mencionada audiencia. Cúmplas.....