Por las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, hecha por el ciudadano WILSON LOBO CASTRO, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad residente E- 83.234.824, domiciliado en el Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil.Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos WILSON LOBO CASTRO y BETTY PATRICIA ESCOBAR MARTINEZ.Por cuanto los ciudadanos WILS.....