Del análisis del contenido en el caso de marras y en base a las consideraciones anteriores, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, fija como hechos y limites controvertidos:
PRIMERO: Se fija como hecho controvertido en el caso de marras, la fecha para que se realice la entrega material de un inmueble constituido por un inmueble de uso comercial distinguido con el Nº 15, ubicado en la avenida Bolívar, Mini Centro Comercial Las Terrazas, Ejido, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, propiedad de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO ALTUVE, venezolano, mayor de edad, títular de la cédula de identidad Nº V-677.142, y JOSÉ OSCAR ALTUVE MOLINA, venezolano, mayor de edad, títular de la cédula de identidad Nº V-8.018.728, arrendadores del inmueble, al ciudadano FRANCISCO JAVIER MARQUINA B.....