DISPOSITIVA
Con base en las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente explanadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: De oficio y con fundamento en los artículos 174, 175 y 179 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la nulidad absoluta de la audiencia celebrada en fecha 12-05-2015 por el Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, sede Mérida, conforme se hizo constar en acta cursante a los folios del 517 al 521 de la segunda pieza del caso principal y de la decisión dictada en fecha 24-04-2015, inserta a los folios del 703 al 766 del asunto penal, resultando siendo extensiva tal nulidad a todas las actuaciones que como consec.....