Por lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente solicitud.
Como consecuencia de la anterior declaratoria, se declara RECTIFICADA la Partida de Nacimiento del ciudadano YVAN DARIO DÍAZ IZAQUITA, inserta por ante la Prefectura Civil del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida hoy día Prefectura Civil de la Parroquia Rómulo Betancourt, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, en el sentido de que en lo sucesivo aparezca inserto correcto lo siguiente: Debe corregirse en la Partida de Nacimiento expedida por ante la Prefectura Civil del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida hoy día Prefectura Civil de la Parroquia Rómulo Betancourt, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, lo siguiente: 1) Que se trascribió erróneamente la fecha de nacim.....