DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de rectificación de la partida de nacimiento del ciudadano RAMÓN ELÍAS SUESCUM ALBORNOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.469.535, signada con el número 75, correspondiente al año 1.968, tanto en las actas insertas en el Registro Civil del Municipio Rangel del Estado Mérida como en el duplicado inserto en el Registro Principal del Estado Mérida. Quedan de esta forma rectificadas dichas actas. Y así se decide.
SEGUNDO: En consecuencia, corríjanse dichas partidas de nacimiento, escribiendo el primer apellido del solicitante que le viene de su padre, tanto en el acta que se encuentra inserta en el Registro Principal del Estado Mérida; como en el acta que se encuentra inserta en por el Registro Civil del Municipio Rangel del Estado Mérida; con la letra "N", ya que aparecen escritos como "SUESCUM", con la letra "M" siendo incorrecto, para que en lo sucesivo aparezcan definitivamente como "SUESCUN". Y así se e.....