declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos JOHANA ANDREINA PEÑA y JAIME DAVID SANCHEZ SIVIRA, plenamente identificados en autos, quienes contrajeron matrimonio civil el día (01) de noviembre del año 2001, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren, Estado Lara, según se evidencia en el acta de matrimonio Acta Nº 391