DECISION
En consecuencia por las consideraciones anteriormente hechas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de la Constitución y sus leyes, de conformidad con el artículo 936 Ejusdem, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante: MARICIA MERCEDES PARRA ARAUJO, a los ciudadanos: TERECIO DEL ROSARIO PEÑA PARRA, JOSE ANTONIO PEÑA PARRA, MILEIDY DEL VALLE PAREDES PARRA, MIRTHA DE LAS MERCEDES PEÑA DE ARAUJO Y MARIA YONATAN PARRA, venezolanos mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad números V.- 9.310.243, V.- 9.310.239, V.- 13.996.677, V.- 10.033.938 Y V.- 12.040.504 y civilmente hábiles. Se deja a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales mencionadas.------------------------------------
Se ordena devolver las presentes act.....