DISPOSITIVA.
Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control No. 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 2, 26, 49, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Decreta: PRIMERO: Acuerda La Suspensión Condicional Del Proceso, por estar llenos los extremos establecidos en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de un (01) año, a partir de la presente fecha, para el acusado JOSE ROSARIO VENEGAS PARADA plenamente identificado, por el delito de Lesiones Intencionales Graves, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal. Se le impone las siguientes condiciones: 1. asistir ante la Oficina Técnica de apoyo al Sistema Penitenciario para que le asignen delgado de prueba.....