DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos que anteceden, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA POR DESALOJO incoada por el ciudadano JESÚS ALBERTO BARRIOS RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 3.039.544, domiciliado en Ejido estado Mérida y civilmente hábil, asistido por la abogada en ejercicio KARLA ANDREINA ALTUVE UZCATEGUI, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.174.327, con inpreabogado Nº 124.310, contra la ciudadana: DAYANA GRACIELY RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.295.694, domiciliada en Ejido estado Mérida y civilmente hábil.--------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: Se ordena a la ciudadana: DAYANA GRACIELY RODRÍGUEZ GONZÁLEZ .....