DISPOSITIVA
Vista la admisión de los hechos realizada por los acusados MARVIN ENRIQUE CHOURIO FRANCO y NELSON RAFAEL GARCÍA VILLEGA, de forma libre, voluntaria y sin coacción de ninguna naturaleza, conociendo sus derechos y garantías; por los hechos de modo, tiempo y lugar expuestos por la Fiscalía del Ministerio Público; este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, actuando como Unipersonal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Acuerda procedente la aplicación del procedimiento especial por admisión de hechos al cual se han acogido los acusados MARVIN ENRIQUE CHOURIO FRANCO y NELSON RAFAEL GARCÍA VILLEGA; de conformidad con en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se CONDENA a los acusados MARVIN ENRIQUE CHOURIO FRANCO, venezolano, y NELSON RAFAEL GARCIA VILLEGAS, venez.....