Dispositiva
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la aprehensión en situación de flagrancia del ciudadano Antonio Mora Ripanti; por considerar que se dan los supuestos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Precalifica la conducta desplegada por el imputado de autos, como autor, en el delito Homicidio Intencional, a título de dolo eventual, previsto y sancionado en el artículo 405, del Código Penal, en perjuicio de José Rafael Urdaneta y Lesiones Personales Graves de carácter culposo, previsto y sancionado en el artículo 415, en concordancia con el artículo 420.2, eiusdem, en armonía con los artículo 152, 154, 254.2., literal A del reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre vigente.
TERCERO: Acuerda aplicar el procedimiento ordinario y se acuerda .....