Se DECLARÓ SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado JULIO CESAR SANCHEZ GARCÍA, en su carácter de defensor privado del penado JOSE DE LA CRUZ PRIETO APONCIO, contra la Sentencia que fuera dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio N° 01 DEL Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, cuyo fallo fue publicado el día 16 de junio del 2003, mediante la cual condeno al acusado JOSE DE LA CRUZ PRIETO APONCIO, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS, CINCO (05) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley, sancionadas y previstas en el Código Penal vigente, por encontrarlo culpable y en consecuencia responsable de la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, LESIONES PERSONALES SIMPLES Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 460, 418 y 219 del Código Penal.