Definitivamente firme como quedó la sentencia dictada en fecha 28-05-2009, inserta a los folios 386 al 402, por el Tribunal de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, contra el ciudadano Jesús Eduardo Gómez Mejias, mediante la cual fue condenado a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del los delitos de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS Y OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos en el articulo 31 de la Ley Orgánica Sobre Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y artículo 277 del Código Penal vigente, más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, en consecuencia este tribunal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, procede a EJECUTAR la misma.
En consecuencia, se designa como lugar en el cual el referid.....