este Tribunal decreta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre: Un inmueble constituido por un lote de terreno, con mejoras de una casa para habitación, identificado con el Nº 2, el cual está ubicado en el Sector La Puerta de la Parroquia San Juan, Municipio Sucre del estado Bolivariano de Mérida, con un área de ciento setenta y ocho metros cuadrados con ochenta centímetros cuadrados (178,80 mts2), cuyas medidas y linderos son: NORTE: Colinda con lote de terreno propiedad del ciudadano Alberto Angulo, en una extensión de seis metros (6,00 mts); SUR: Colinda con calle La Fortaleza, en una extensión de seis metros (6,00 mts); ESTE: Colinda con lote 3, en extensión de veintinueve metros con noventa centímetros (29,90 mts); OESTE: Colinda con lote Nº 1 en una extensión de veintinueve metros con ochenta centímetros (29,80 mts). Con mejoras una casa para habitación familiar de dos niveles: PLANTA BAJA: Construida con techo de placa, pisos de cerámica, constante de sala, cocina, come.....