L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; este TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
UNICO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE OMISION EN EL ACTA DE DEFUNCION signada con el número 79, inserta en los Libros de DEFUNCIONES llevados por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano del Municipio Libertador del Estado Mérida, durante el año 1.987, correspondiente al ciudadano RAFAEL ANTONIO LOBO LOBO, en el entendido de que en el Libro antes mencionado, aparezca en lo sucesivo en dicha acta los nombres completos de su difunto padre, ciudadano RAFAEL ANTONIO LOBO LOBO, en la forma siguiente: "RAFAEL ANTONIO", y no sólo el primer nombre "RAFAEL". Queda así rectif.....