DISPOSITIVA:
Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando en sede constitucional, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara competente para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha catorce (14) de noviembre de dos mil veintidós (2022), por el abogado Juan Carlos Acosta Mora, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano imputado Nicolás Albeiro Ramírez Zuloaga, en contra del Abg. Carlos Manuel Márquez Vielma, en su carácter de Juez de Primera Instancia en funciones de Control Nro 02 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, en razón de la violación del Derecho al Debido Proceso, a la Tutela Judicial Efectiva, a ser Oído y a la Autoridad del Juez, estatuidos en los artículos 26 y 49 d.....