Por Decisión N° 027/07 de esta fecha, se ADMITE LA ACUSACIÓN, así como los MEDIOS DE PRUEBA OFRECIDOS, se ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL y PÚBLICO, al Acusado ARNULFO APARICIO JAIMES, con Nacionalidad venezolana adquirida, titular de la cédula de identidad N° V-23.210.075, por la presunta comisión de los delitos de ACOSO u HOSTIGAMIENTO y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 40 y 41 de la Ley Orgánica sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la Ciudadana JENIS MARISELA GONZÁLEZ. Se emplaza a las partes para que en plazo común de Cinco (05) días concurran ante el Juez de Juicio. Se instruye a la Secretaria para que en el plazo señalado anteriormente, remita al Tribunal Competente las presentes actuaciones.-