PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Inadmisible la demanda la demanda de PARTICIÓN DE BIENES HEREDITARIOS, interpuesta por la abogada en ejercicio FRANCIS MAYERLIN MERCADO MOLINA, en su carácter de APODERADA JUDICIAL de los ciudadanos: MARÍA EDILIA MERCADO SÁNCHEZ, JOSÉ RAMÓN MERCADO SÁNCHEZ, PEDRO JOSÉ MERCADO SÁNCHEZ, JESÚS ORLANDO MERCADO MEJÍAS, MARINA YAJAIRA MERCADO MEJÍAS, LUZARDO ESTEBAN MERCADO MEJÍAS, LIBIA MARBELLA MERCADO MEJÍAS, CARMEN ALICIA MERCADO MEJÍAS, YUCELA ANTONIA MERCADO MEJÍAS, MARÍA MARINA MEJÍAS DE MERCADO y AURORA MERCADO CONTRERAS en contra de la ciudadana MARÍA LUISA MERCADO SÁNCHEZ de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, e.....