DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, MEDIANTE AUTO MOTIVADO PROCEDE A ACORDAR LA TERMINACION DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN EXTRAPROCESO ACORDADA A FAVOR DE LA VICTIMA SANDRA JOELY PEREIRA LOPEZ, por haber finalizado el plazo por el cual fue otorgada, sin que medie solicitud de prorroga alguna por parte del Ministerio Publico o por el destinatario de la misma, todo ello de conformidad con los artículos 4, 5, 7, 21, numerales 1° y 7°, 31, 35 y 42 de Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales, en concordancia con los artículos 2, 3, 26, 30, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASI SE DECIDE.
Notifíquese a la victima sobre la presente decisión, acordando remitir copia certif.....