"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la solicitud introducida por la ciudadana ROSALIA ORELLANA DE CASTILLO, en su carácter de cónyuge del causante FRANCISCO ANTONIO CASTILLO DUGARTE, de conformidad con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 3º de la Resolución Nº 2009-0006, del 18-03-2009, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Plena. En consecuencia DECLINA el conocimiento de la misma por ante el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida (Distribuidor), órgano al cual se ordena remitir, mediante oficio al Juzgado Distribuidor de Protección del Niño y del Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial..."