Se dio por consumado el desistimiento de la demanda, "acción y procedimiento", la cual fue propuesta en fecha 2 de marzo de 2009, por el ciudadano LOHAY DEBAL EL DAAVAL DARWICH, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad nro. V- 8.713.580, domiciliado en el Municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida, por nulidad de venta, cuyo conocimiento correspondió por distribución a este Juzgado Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.