DISPOSITIVO
Por los procedimientos ya expuestos, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República por Autoridad de la ley acuerda: a) DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, por el presunto delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y DAÑOS A LA PROPIEDAD EN EJECUCION DEL DELITO previsto en los artículos 218,473 Y 474 del Código Penal de conformidad con el artículo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, referida a la adolescente antes identificada. Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público, adolescente y defensa. ASÍ SE DECIDE. Regístrese, certifíquese Diarícese y cúmplase.
JUEZA DE CONTROL No. 01
MIRNA EGLE MARQUINA
LA SECRETARIA
ANA ANDRADE
En la misma fecha se cumplió con el auto anterior.
Sria.