En consecuencia, como se observa que el ciudadano Gerardo José Valero Rosas fue detenido por una orden de Aprehensión librada por el Tribunal de Ejecución Nº 01, la cual a pesar de haberse librado los oficios para que se dejara sin efecto, hasta la presente fecha no ha sido excluido del sistema, este Tribunal acuerda la libertad del ciudadano GERARDO JOSÉ VALERA ROSAS, plenamente identificado, remitiéndose la correspondiente boleta de libertad con oficio a la Sub Comisaría Policial Nº 12 de esta localidad y dejar sin efecto la orden de aprehensión librada en su contra ratificando los oficios anteriormente señalados a los organismos de seguridad del Estado. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 10, 12, 13, 26 todos del Código Orgánico Procesal Penal; artículos 16 y 22 del Código Penal; artículos 2, 26, 30, 49, 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En tal sentido, se acuerda librar Boletas de Notificación a la Fiscal .....