´PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, solicitada por la abogada ZULMA MARIA CARRERO DE ARAQUE, apoderada judicial de la parte actora, sobre los derechos y acciones del inmueble consistente en un apartamento Nº 1-C-2-4 del núcleo 1-C; integrante del edificio 1-C del conjunto residencial El Trapiche, situado en la población de Ejido, parroquia Montalbán del municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, en la prolongación de la calle Urdaneta, esquina con calle Peña y su correspondiente puesto de estacionamiento señalado en el patio frontal del mismo edificio con el número 1C-2-4. Dicho apartamento ubicado en el piso 2 tiene una superficie de ciento once metros cuadrados (111,00 M2) con las siguientes dependencias: "hall de entrada, salón de estar, comedor, dos (02) dormitorios auxiliares con sus correspondientes closets, un (01) baño auxiliar y un (01) dormitorio principal con su baño anexo y closets, cocina, lavadero y estacionamiento referi.....