Acuerda: PRIMERO: Revocar la Medida de Protección de Colocación Familiar Provisional, dictada en fecha tres (03) de Octubre del año dos mil doce, inserta al folio 63 del presente expediente, a favor de la adolescente OMITIR NOMBRE, en el hogar de la ciudadana OMITIR NOMBRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.023.989, de conformidad con lo establecido en el Artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Acuerda la entrega de la adolescente OMITIR NOMBRE, a su legítima madre y representante legal, ciudadana OMITIR NOMBRE, la cual deberá permanecer en su hogar, quien le brindará la asistencia material, vigilancia, la orientación moral y educativa a la adolescente; así como la facultad de imponerle correcciones adecuadas a su edad y desarrollo físico y mental, igualmente a velar por el bienestar e integridad física de la misma