´PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE VIAJE FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos LUCY DEL CARMEN MARQUINA VALERO Y JESUS ANTONIO LUGO GONZALEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-18.772.234 y V-11.469.269, en su orden, domiciliados la primera en la Urbanización Alfredo Lara, vereda 02, casa 03, parroquia Montalbán, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y el segundo en El Rodeo, Torre I, piso 04 apto 4-2, parroquia Antonio Spinetti Dini, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, a favor de la adolescente ELLUZ ANGELINA LUGO MARQUINA de quince (15) años de edad, F.N.: 20/01/2009, titular de la cedula de identidad N° V-33.106.990, pasaporte venezolano N° 183592972; pasándolo en autoridad de cosa juzgada. ´