PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la recusación contra el Juez Titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, abogado ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO, propuesta, mediante diligencia de fecha 28 de octubre de 2005, por el abogado DÁMASO ROMERO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano RÉGULO ANTONIO TERÁN ALVAREZ en el juicio que sigue en su contra la ciudadana MARÍA ANTONIA NOGUERA DE VEGA, por reivindicación.
SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, de conformidad con el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone a la parte recusante, multa por la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,oo), que deberá ser pagada dentro del lapso de tres (3) días de despacho siguientes a la expedición de la correspondiente planilla, con la advertencia de que si la misma no pagaré la multa impuesta en el término indicado, de conformidad con la citada disposición, suf.....